Nueva legislación en Francia referente al equipamiento de invierno para los vehículos
La legislación
La Organización Mundial del Transporte ha informado a la Confederación Española de Transporte de Mercancías sobre la nueva legislación en relación al equipamiento de invierno que entrará en vigor a partir del 1 de noviembre en Francia.
Mediante esta nueva legislación el equipamiento de invierno será completamente obligatorio durante el periodo invernal (desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo) en las zonas montañosas de los Alpes, Córcega, Macizo Central, Montañas del Jura, Pirineos y Vosgos.
Los departamentos específicos afectados por la ley de montaña son los siguientes: Ain (01), Allier (03), Alpes de Alta Provenza (04), Altos Alpes (05), Alpes Marítimos (06), Ardèche (07), Ariège (09), Aude (11), Aveyron (12), Cantal (15), Corrèze (19), Corse-du-Sud (2A), Haute-Corse (2B), Côte-d’Or (21), Creuse (23), Doubs (25), Drôme (26), Gard (30), Haute-Garonne (31), Hérault (34), Isère (38), Jura (39), Loire (42), Haute-Loire (43), Lot (46), Lozère (48), Meurthe-et-Moselle (54), Moselle (57), Nièvre (58), Puy-de-Dôme (63), Pirineos Atlánticos (64), Altos Pirineos (65), Pirineos Orientales (66), Bajo Rin (67), Alto Rin (68), Ródano (69), Alto Saona (70), Saona y Loira (71), Saboya (73), Alta Saboya (74), Tarn (81), Tarn y Garona (82), Var (83), Vaucluse (84), Haute-Vienne (87), Vosges (88), Yonne (89), Territorio de Belfort (90).
El equipamiento
Será obligatorio disponer de dispositivos antideslizantes extraíbles (cadenas y calcetines) o neumáticos de invierno (3PMSF). Vehículos provistos de clavos en los neumáticos quedarán exentos de los requisitos de equipamiento. A partir del 1 de noviembre de 2024 únicamente los neumáticos tipo 3PMSF serán válidos como equivalentes a las cadenas.
Será obligatorio para los vehículos pesados con remolque o semirremolque estar equipados con dispositivos antideslizantes desmontables.
Hacer uso de neumáticos específicos para la nieve estará permitido, pero siempre acompañados de cadenas en las zonas anteriormente descritas durante el periodo invernal desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo. Únicamente estarán permitidos los neumáticos para nieve del tipo «M + S».
Nuevas señales de tráfico
La nueva señalización indicará a los conductores que van a entrar en un área donde tienen vigencia las obligaciones de equipamiento. Un letrero especificará el período de invierno recordando así a los conductores que la normativa se aplicará del 1 de noviembre al 31 de marzo.
Paneles de señalización B58 / B59
La nueva señalización indicará a los usuarios de la carretera que ingresan a un área donde se aplican las obligaciones de equipo.
Un letrero especificará el período de invierno, para recordar a los usuarios que estas obligaciones solo se aplican del 1 de noviembre al 31 de marzo.
La señalización debe ser instalada por los administradores de carreteras y es necesaria para que la medida sea ejecutable.
Panel de señalización B26
Continuará significando que, en carreteras nevadas, incluso fuera del período invernal, el uso, y no la simple posesión, de cadenas es obligatorio. Salvo el uso exclusivo de las cadenas especificadas en el letrero, se considerará que los vehículos con el equipamiento previsto por la nueva normativa cumplen con la obligación establecida por el letrero B26.
Los vehículos
Autobuses y autocares (M2, M3):
Deberán estar equipado con al menos dos cadenas (u otros dispositivos antideslizantes equivalentes) o estar equipado con al menos cuatro neumáticos de invierno, montados en al menos dos ruedas direccionales y al menos dos ruedas motrices. Si el vehículo tiene más de un eje de dirección, estos son los volantes del sistema de dirección principal.
Vehículos pesados (N2, N3):
El vehículo sin remolque o semirremolque puede tener al menos dos cadenas (o dispositivos antideslizantes removibles equivalentes) o estar equipado con al menos cuatro neumáticos de invierno, montados en al menos dos ruedas direccionales y al menos dos ruedas motrices. Si el vehículo tiene más de un eje de dirección, estos son los volantes del sistema de dirección principal. Los vehículos pesados que viajen con remolque o semirremolque deberán, en todo caso, disponer de dispositivos antideslizantes desmontables.