La nueva normativa relativa a las inspecciones técnicas de vehículos ITV entró en vigencia desde el día 1 de junio de acuerdo a la última versión 7.5.0 del Manual de Procedimiento de ITV. La evolución viene dada fundamentalmente a la adecuación de la ITV a las nuevas tendencias tecnológicas de los vehículos, así mismo manifiesta con mayor detalle algunos procesos de revisión para los operadores de ITV.
Defectos calificados como graves en la última actualización de la ITV entrada en vigor a partir de junio.
Algunas de las novedades más reseñables aplicadas en esta actualización están vinculada al Sistema antibloqueo de ruedas o ABS cuando estos no sean obligatorios en el equipamiento de serie (sistema de frenado obligatorio en Europa para los coches con fecha de venta desde el año 2003), éste podría ser objeto de falta grave en caso de manifestar fallos en su funcionamiento cuando anteriormente era considerado como un fallo leve.
También se vigilará estrictamente el estado de los retrovisores del vehículo, estos serán calificados como un defecto grave por la nueva normativa entrada en vigor si manifiestan indicios de desprendimiento o mal estado.
En caso de acudir a la estación de ITV sin el permiso de circulación, los técnicos de la estación estarán autorizados a consultar los datos de éste accediendo al Registro General de Vehículos de la DGT de acuerdo al nuevo Manual de procedimiento de la ITV.
Aquellos vehículos que sean sujetos de defectos graves detectados tras la revisión técnica, quedan automáticamente inhabilitados para circular por vías públicas exceptuando su traslado al taller como así apunta la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración AECA-ITV. El vehículo, una vez reparado el problema, deberá realizar de nuevo la inspección técnica en un plazo no superior a los dos meses.
La ITV se ve afectada por el Brexit
Como consecuencia del Brexit, el manual de procedimiento de la ITV se modifica de tal forma que, todos los vehículos procedentes del Reino Unido desde el 31 de diciembre de 2020 que deseen matricularse en nuestro país, será considerados a todos los efectos vehículos de terceros países o vehículos no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
Por tanto, será necesario llevar a cabo la tramitación de homologación correspondiente a la importación del vehículo, aquellos vehículos procedentes del Reino Unido desde el 31 de diciembre quedarán desprovistos de validez en la Unión Europea sin la pertinente homologación, los beneficios anteriores en relación a la documentación y los trámites pertinentes quedarán así obsoletos.
Medidas de higiene y prevención
Buscando reducir al mínimo la interacción el contacto entre el inspector y el usuario, el nuevo manual de procedimiento incorpora medidas de higiene y prevención ya previamente aplicadas tras el primer confinamiento.
La lectura del sistema de diagnóstico a bordo (OBD) queda restringido únicamente a determinados tipos de vehículos (industriales de más de 3.500kg y autobuses), donde el inspector podrá acceder al habitáculo provisto de un traje de protección especial o EPI con el objetivo de poder realizar la prueba de emisión de gases. Con tal de medir los gases del resto de vehículos, estos serán inspeccionados mediante el uso de un dispositivo que se colocará en el tubo de escape.